26 Oct Modelo 370 IVA
¿Qué es el Modelo 370?
El modelo 370 es el documento que los autónomos deben presentar ante la Agencia Tributaria y con el que autoliquidan el IVA de su actividad económica en periodos de tres meses. Deberán presentar el modelo los trabajadores autónomos que desarrollen actividades profesionales diferentes por las que tributen simultáneamente en el régimen general y en el régimen especial simplificado de IVA. La Agencia Tributaria ha publicado el Proyecto de Orden que modifica el modelo de liquidación de IVA, modelo 303, para adaptarlo a las novedades legislativas relacionadas con el impuesto y simplificar el procedimiento de declaración y liquidación. Así sustituye al modelo 370, entre otros, con el objetivo de simplificar el pago de impuestos del autónomo. Le facilitamos toda la información referente al modelo 370 y otros impuestos de pago obligatorio para los autónomos, debido a los cambios que recientemente se han producido en la Agencia Tributaria.
El Modelo 303 sustituye al Modelo 370
La Agencia Tributaria modificó el modelo de liquidación de IVA, modelo 303, para adaptarlo a las novedades legislativas relacionadas con el impuesto y simplificar el procedimiento de declaración y liquidación. En el nuevo modelo se unifican las declaraciones de IVA de la empresa, pasando a sustituir a las autoliquidaciones correspondientes al régimen simplificado del IVA, (modelos 310/311) y el modelo 370 y el 371 que se usan cuando existe cambio de epígrafe. Además cambia su estructura, por lo que constará de 3 páginas de las cuales. La primera se utilizará para presentar la declaración del régimen general, la segunda página para el régimen simplificado; y en la tercera con la información adicional correspondiente al IVA de caja.
Los cambios relacionados con la entrada en vigor del IVA de caja también obligan a modificar el modelo 340, debido a la reducción del ámbito subjetivo de la obligación de informar sobre las operaciones incluidas en los libros registros. La presentación de este nuevo modelo 303 habrá de hacerse obligatoriamente por vía electrónica a través de Internet o bien mediante papel impreso generado exclusivamente a través de la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la AEAT en su Sede Electrónica.
¿Cuándo se presenta el modelo 370 de IVA?
La presentación del modelo 370 es trimestral, y el autónomo deberá hacer el pago entre las siguientes fechas:
Pago natural
Si va a realizarse un pago natural, efectuado personalmente por el autónomo en la fecha del pago; los plazos son los siguientes:
• El primer pago debe realizarse al finalizar el primer trimestre del año, entre el 1 y el 20 de Abril.
• El segundo pago se realiza al finalizar el segundo trimestre, entre el 1 y el 20 de Julio.
• El tercer pago ha de efectuarse al finalizar el tercer trimestre; que corresponde a los días entre el 1 y el 20 de Octubre.
Pago domiciliado
Si se trata de pago domiciliado, las fechas varían. En este caso el modelo 370 deberá presentarse por vía telemática y antes de las siguientes fechas:
• El primer pago ha de hacerse entre el 1 y el 15 de Abril.
• El segundo pago debe efectuarse entre el 1 y el 15 de Julio.
• El tercero deberá cumplimentarse entre el 1 y el 15 de Octubre.
La liquidación del IVA correspondiente al último trimestre del año se realiza mediante la presentación del modelo 371 de IVA.