GESTIÓN TRIBUTARIA

Amplíe el plazo para contestar

Si tiene problemas para atender un requerimiento o comparecer ante Hacienda en plazo, recuerde que puede solicitar una prórroga de éste.

Requerimiento. Su empresa ha sido requerida por Hacienda para que en diez días hábiles justifique algunas diferencias detectadas en la declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2015.

Prórroga. Pues bien, si no puede aportar los documentos en dicho plazo, solicite una prórroga de hasta la mitad de los días concedidos inicialmente. La prórroga se concede automáticamente, salvo que Hacienda le notifique su denegación dentro del plazo a prorrogar (es decir, dentro de los diez días iniciales). Apunte. A estos efectos:
• Presente su solicitud antes de los tres días previos al fin del plazo inicial (es decir, en los siete días siguientes al requerimiento).
• Justifique en su solicitud el motivo por el que solicita la ampliación (por ejemplo, por no disponer de tiempo para localizar los documentos requeridos y precisar más días para recopilarlos).
• Por último, es preciso que dicha prórroga no perjudique a terceros (requisito que normalmente se cumplirá).

Comparecencia. Si Hacienda le ha citado para que comparezca en una fecha determinada y ello no le es posible, también puede solicitar que la comparecencia se produzca más adelante. Para ello:
• Notifique la imposibilidad de comparecer en los tres días siguientes al requerimiento y justifique el motivo.
• Transcurridos esos tres días, sólo podrá solicitar el aplazamiento si las circunstancias que le impiden acudir concurren después de dicho plazo y lo justifica (por ejemplo, si el día anterior a la comparecencia se pone enfermo y aporta el justificante del médico).